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Sus Derechos Como Contribuyente de Oregon
Como contribuyente usted tiene el derecho a recibir un tratamiento profesional, justo, cortés y puntual. La ley de Oregon asegura este tratamiento en cada paso del proceso de impuestos.
 
Su derecho a confianza
 
La ley requiere que los empleados del Departamento de Impuestos mantengan su información sobre los impuestos en privado. Tenemos que guardar su información confidencial aunque obtuvimos esta información en su declaración de impuestos para el estado, en correspondencia o entrevistas que tenemos con usted. En algunos casos, la ley nos permite compartir esta información con otras agencias del gobierno como IRS (Servicio de Impuestos Internos) y ciertas agencias locales y estatales.
 
Paga de su impuesto
 
Usted tiene el derecho de pagar solamente la cantidad de impuestos de Oregon que le corresponde. Colaboraremos con usted para aplicar la ley en una manera justa y consistente para que usted pague la cantidad correcta de impuesto. Usted tiene el derecho de apelar cuando no está de acuerdo con:
  • La cantidad adicional que nosotros decimos que debe;
  • Un ajuste que hagamos a su reembolso;
  • El calculo de su impuesto; o
  • Nuestra interpretación de las leyes de impuestos.
Usted encontrará más información sobre sus derechos para apelar en esta publicación.
 
Sus responsabilidades sobre su pago
 
Usted es responsable de pagar todo la cantidad de impuesto, multa e interés que usted debe. No tomaremos acción de coleccionar la cantidad que usted debe hasta que usted haya tenido una oportunidad de pagar. Preferimos colaborar con usted para que pague su impuesto a tiempo y voluntariamente. Es importante que usted sea puntual en responder cuando nosotros tratemos de comunicarnos con usted. Si usted no responde, podemos tomar acción de colección.
 
Arreglos de pagos
 
Es mejor que pague sus impuestos cuando presente su declaración o cuando reciba un aviso de parte de nosotros. Si usted no puede pagar la cantidad total, podremos tratar de hacer otros arreglos con usted. Cuando existe una dificultad financiera comprobada, podremos aceptar un plan de pago. Si tal dificultad existe, podremos requerir que usted provea información de su condición financiera. Si su información muestra que usted puede pagar la cantidad total, le vamos a requerir que lo haga. Por favor note que una dificultad financiera y una inconveniencia financiera no es lo mismo. En algunos casos, si determinamos que usted califica, podremos pedirle que obtenga un préstamo comercial.
 
Acción de cobranza
 
Si usted no paga sus impuestos o hace arreglos de pago aceptables, nosotros cobraremos el dinero que usted debe. Podemos embargar su salario o su cuenta bancaria, archivar un derecho de retención de impuestos contra su propiedad, apoderarnos de su propiedad, o aplicar un futuro reembolso de impuestos a su deuda.
 
Un derecho de retención de impuestos
 
Un derecho de retención sobre impuestos es un aviso público de deuda que se conecta a su propiedad y sus derechos a la propiedad. Cuando un derecho de retención sobre impuestos se archiva, llega a ser un asunto del registro público y puede dañar su calificación de crédito.
 
Embargos
 
Un embargo es tomar propiedad en posesión de usted o por otros para satisfacer su deuda.
 
Podemos embargar su propiedad en control de otros como empleadores y bancos o embargar la propiedad en su posesión como automóviles y barcos. Podríamos embargar sus contratos de pago que otros le deben a usted. No vamos a tomar la responsabilidad de colectar sus cuentas por cobrar.
 
Podemos embargar y vender la mayoría de bienes personales y bienes raices que le pertenecen, o en los que tenga interés, para satisfacer su deuda.
 
Si embargamos su propiedad, tiene el derecho a una audiencia de un caso disputado. En la audiencia, puede presentar su caso para mostrar por qué nosotros no debemos vender su propiedad para satisfacer su deuda de impuestos. Usted puede recuperar su propiedad antes de ser vendida, pagando el impuesto, multas, interés y cualquier gasto que contrajimos en embargar y almacenar la propiedad.
 
Multas e interés
 
Usted tiene el derecho de pedir que nosotros cancelemos ciertas multas si usted puede demostrar un incidente razonable que causó la multa. Sin embargo, es nuestra regla general no cancelar el interés, porque el interés representa un cargo por el uso del dinero. El interés se calcula a partir de la fecha de vencimiento para presentar su declaración de impuestos.
 
Reembolsos de impuestos pagados en exceso
 
Usted puede presentar un reclamo de reembolso dentro de: (a) tres años de la fecha de vencimiento de su declaración original o de la fecha que usted presentó su declaración de impuesto, o (b) dos años de la fecha que usted pagó su impuesto o una porción de su impuesto, cual sea más tarde.
 
Si usted enmienda su declaración de impuestos después del periodo de tres años, su reembolso no puede exceder el impuesto que usted pagó durante los dos años antes de la fecha que usted presentó su enmienda. Compararemos su enmienda con su declaración original. Por favor permita de tres a cuatro meses para procesar su reclamo de reembolso. Se paga interés sobre su reembolso durante este tiempo.
 
Sus derechos durante una auditoría
 
Nosotros aceptamos la mayoría de las declaraciones de impuestos tal como fueron presentadas. Pero si seleccionamos su declaración para una auditoría, usted tiene el derecho a un examen justo y a una explicación escrita de cualquier cambio que hacemos a su declaración de impuestos como resultado de la auditoría.
 
Durante una auditoría, nosotros le pediremos que usted muestre pruebas de las cantidades en su declaración. Usted tiene el derecho de saber por qué le pedimos información, cómo usaremos esa información y qué pasará si usted no proporciona la información.
 
Nosotros completamos algunas auditorías totalmente por correo. Hacemos otras auditorías en persona. Tratamos de hacer las citas cuando sea más conveniente para usted. La auditoría puede ser en su casa u oficina, en la oficina de su representante, o en una de nuestras oficinas. Cuando se hace la cita, el auditor le dirá que documentos usted debe tener disponibles para hacer la revisión.
 
Durante la auditoría, usted puede representarse a si mismo, tener otra persona que lo acompañe, o con su permiso por escrito, tener alguien que lo represente en su ausencia.
 
Usted puede hacer una grabación de la auditoría, pero infórmele al auditor por adelantado. Si nosotros grabamos la cita, usted puede obtener una copia de la grabación. Hay un cargo por copias de las grabaciones.
 
Después de la auditoría
 
Después de la auditoría, nosotros:
  • Aceptaremos la declaración de impuestos tal como fue presentada; o
  • Enviaremos un Aviso de Deficiencia (Notice of Deficiency) con el Reporte del Auditor que muestre por que usted debe pagar la cantidad adicional; o
  • Enviaremos un Reporte del Auditor que muestre por que usted tiene derecho a un reembolso.
Le explicaremos los cambios propuestos a su declaración. Por favor pregúntenos acerca de algo que no esté claro.
 
Sus derechos de apelación
 
La información de apelación es una descripción general de sus derechos y el proceso de apelaciones—no cubre todas las situaciones.
 
Si usted no está de acuerdo con una acción del departamento, usted tiene el derecho de apelar.
 
Los límites de tiempo explicados son importantes. Estos límites no pueden ser prolongados. Usted debe apelar dentro del tiempo apropiado, o su caso no será considerado. La fecha del sello postal en el sobre es utilizada como el día que la apelación fue presentada.
 
Apelando al Departamento de Impuestos de Oregon
 
Usted debe presentar una objeción por escrito o solicitar una conferencia dentro de 30 días de la fecha de nuestro aviso.
  • Si usted presenta una objeción por escrito, explique por qué no está de acuerdo. Nosotros le mandaremos una respuesta por correo.
  • Si usted solicita una conferencia, nosotros lo contactáremos. Su conferencia puede ser conducida por teléfono o en una de nuestras oficinas. La conferencia debe ser conducida dentro de un año de la fecha de nuestro aviso.
No hay que llenar un formulario especial para presentar una objeción por escrito o solicitar una conferencia. Para solicitar cualquiera de las dos, usted debe escribir una carta. Asegúrese de incluir:
  • Su nombre(s), dirección, número(s) de Seguro Social, número de teléfono durante el día, y el año(s) en revisión.
  • Una explicación por qué usted no está de acuerdo con el departamento.
  • Una explicación indicando si está presentando una objeción por escrito o está solicitando una conferencia.
Por favor incluya una copia del aviso o la decisión a la cual usted está apelando. Envié su carta a:
 
Oregon Department of Revenue
955 Center Street NE
Salem OR 97301-2555
 
Apelando al Tribunal Tributario de Oregon
 
Sala del Juez Magistrado
 
Si usted no está de acuerdo con la decisión hecha a su objeción por escrito o a la conferencia, o si usted no apeló dentro del periodo de 30 días de la apelación, usted puede apelar a la Sala del Juez Magistrado del Tribunal Tributario de Oregon. Usted debe apelar por escrito dentro de 90 días después de la fecha de la decisión a su objeción por escrito, la carta de decisión de la conferencia, o al Aviso de Determinación Tributaria.
 
Si usted no apela dentro de los 90 días, usted puede apelar dentro de dos años después que usted paga el impuesto, multa, e interés. Si usted no apeló al cambio hecho a su reembolso dentro de 30 días, usted puede apelar a la Sala del Juez Magistrado dentro de 120 días de la fecha de nuestro aviso.
 
Para apelar a la Sala del Juez Magistrado, usted debe presentar un formulario y pagar el cargo de proceso. Estos formularios están disponibles en el Tribunal Tributario de Oregon.
 
Para más información acerca de apelaciones al Magistrado, comuníquese con:
 
Oregon Tax Court
Magistrate Division
1163 State Street
Salem OR 97301-2563
503-986-5650 or TTY 503-986-5651
www.ojd.state.or.us
 
División Regular
 
Si usted no está de acuerdo con la decisión del Magistrado, usted puede apelar dentro de 60 días a la División Regular del Tribunal Tributario de Oregon.
 
Para apelar una decisión del Magistrado, usted debe presentar una petición a la División Regular del Tribunal Tributario de Oregon.
 
Para más información, comuníquese con:
 
Oregon Tax Court
Regular Division
1163 State Street
Salem OR 97301-2563
503-986-5650 or TTY 503-986-5651
www.ojd.state.or.us
 
Como solicitar una copia de su declaración de impuestos
 
Si usted necesita una copia de su declaración original, escriba al:
 
Oregon Department of Revenue
955 Center Street NE
Salem OR 97301-2555
 
Asegúrese de incluir lo siguiente con su solicitud:
  • El nombre y la dirección tal como aparecen en su declaración.
  • Su dirección actual.
  • El año o los años involucrados.
  • El número de Seguro Social o ITIN y la firma de la persona(s) a quien pertenece la declaración.
  • $4 por cada declaración que ordenó.
Como obtener formularios de impuestos del estado
 
Los formularios de impuestos de Oregon están disponibles en el internet en www.oregon.gov/DOR.
 
O escribiendo a:
 
Forms
Oregon Department of Revenue
PO Box 14999
Salem OR 97309-0990
 
¿Preguntas?
 
Asistencia en español: Llame al 503-378-4988 en Salem o llame gratis de prefijo de Oregon al 1-800-356-4222. Envíe preguntas generales por correo electrónico al preguntas.dor@state.or.us.
 
Para información en general: www.oregon.gov/DOR o www.oregon.gov/DOR/espanol

TTY (solamente para personas afectadas con problemas de audición o de habla): Llame al 503-945-8617 en Salem o llame gratis de prefijo de Oregon al 1-800-886-7204.
 
ADA (en conformidad con el Acta de Americanos con Incapacidades): Esta información está disponible en diferentes formas. Llame al 503-378-4988 en Salem o llame gratis de prefijo de Oregon al 1-800-356-4222.
 

 
Revisado el abril de 2007

 
Page updated: June 21, 2007

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