Hay dos versiones de la orientación. Debería tomar la que sea adecuada para usted.
Si va a cuidar a un niño con el que no tiene parentesco:
Tome la Orientación para Padres de Apoyo Sin Parentesco de 5 partes
Si va a cuidar a un niño con el que tiene parentesco:
Tome la Orientación para Padres de Apoyo de 4 partes
ODHS define como “pariente” a cualquier persona relacionada con un niño o joven por vínculos sanguíneos, adopción, matrimonio, costumbres tribales o de refugiados, o por una relación emocional significativa mantenida anteriormente, incluso si el vínculo legal se ha disuelto. Esto incluye a la familia extensa (por ejemplo, abuelos, tías, primos), padrastros, parejas de hecho y otras personas reconocidas por el niño, la familia o la tradición cultural. Un “pariente solicitante” es cualquier persona que solicite ser una familia de apoyo o un pariente de apoyo adoptivo.